AHN. TS-R. Expediente 50.1. Folios 194, 194 vuelto y 195.

Diligencia para pedir antecedentes.

En Melilla a quince de agosto de mil novecientos veintiuno, el Señor General instructor dispuso dirigir al Alto Comisario de España en Marruecos la comunicación siguiente:

"Excmo. Señor:

Interesa a este Juzgado Instructor para el mejor desempeño de su cometido conocer los planes de las operaciones que habían de realizarse en este territorio últimamente. En la necesidad de poner un límite inicial a sus investigaciones, considera lo más lógico hacerlas partir de aquel punto en que el licenciamiento anual de fuerzas hubieron de entrar las referidas operaciones en un periodo de calma, después de ocupadas las cábilas de Beni-Said y Beni Ulixech, y en el que quedó constituido nuestro frente por la línea Azrú a Sidi dris, con Anual y este último citado punto como base.

Es indudable, a juzgar por los hechos posteriores, que de estos planes formaría parte el avance en dirección a la Bahía de Alhucema, preparado con una previa acción política, y del cual fue sin duda la primera etapa la efímera ocupación de Abarrán, con el fracaso conocido. Todo ello es de indispensable conocimiento para este Juzgado, pues le permitiría desentrañar las causas de los hechos ocurridos después. Dada la trascendencia de aquella malograda operación inicial, que tan decisiva influencia ha ejercicio en los sucesos desarrollados en este territorio, que V.E. ha venido a recapitular, es del mayor interés a los fines del expediente que este Juzgado instruye deslindar las iniciativas que los han propulsado, el límite de las autorizaciones que por su parte concediera al Comandante general que fue de este territorio para la acción intentada en el territorio aledaño a Dahar Buiyan, con las consecuencias que de este hecho se derivan, y el juicio y comentario de los sicesos que se han seguido bajo todos los aspectos del resorte de su Alta Autoridad, al asumir subsecuentemente el mando directo de la zona, con cuanto a V.E. Se le ofrezca y parezca para auxiliar la labor de este Juzgado en el esclarecimiento de hechos y responsabilidades que se le ha prevenido.

Dios guarde a V.E. muchos años.

Melilla, quince de agosto de mil novecientos veintiuno.

El General de división, Juez instructor
Juan Picasso."

Y para que conste, se extiende esta diligencia que firma conmigo el Señor General Instructor, de todo lo cual certifico.

Juan Picasso.
Juan Martínez de la Vega.