REAL DECRETO de 12 de septiembre de 1774, por la que se establece la nueva planta del Real Cuerpo de Ingenieros y se crean los tres Ramos de Fortificación, Escuelas Militares y Arquitectura Civil, y se anula el cargo de Ingeniero General.
La justificación de este Real Decreto la encontramos en una minuta de despacho a S.M. El Rey, presumiblemente escrita por el Sr. Conde de Ricla, y que se halla en Simancas. Su texto dice así:
Desde que se dio a Don Pedro Martín Zermeño la Comandancia General de Galicia, acordó V.M. que el Cuerpo de Ingenieros del Exército se pusiese al cargo y cuidado de tres Directores Comandantes para que uno atendiese al Ramo de las Academias militares de Barcelona, Orán y Ceuta: otro al servicio de Plazas y sus Fortificaciones; y el tercero a lo relativo a obras de Arquitectura civil, Caminos, Puentes, Canales de Riego, y Navegación, y demás obras pertenecientes a este objeto sin perjuicio del establecimiento y provilegios de la Academia de San Fernando por lo que respecta a la Arquitectura civil, y sin gravamen de la Real Hacienda respecto de que para atender cada uno de estos Directores al mejor desempeño de las obligaciones de su Ramo se les repartieran por vía de sobresueldo los doce mil escudos que gozaba el Ingenieros General Don Juan Martín Zermeño, quatro mil escudos a cadauno, y que esta disposición tubiese efecto luego que llegase de la Havana el Mariscal de Campo Don Silvestre Abarca, pero como a su llegada ocurrió mi indisposición no he podido arreglar este punto hasta ahora, que con conocimiento suio, y de Don Francisco Sabatini, se ha formado el adjunto Decreto, en que por menor se explica, el arreglo del Cuerpo de Ingenieros en General como V.M. se servirá reconocer, que siendo de su Real aprobación se pondrá en planta inmediatamente con arreglo en todo al mismo decreto.
El Director Comandante del Ramo de Plazas y Fortificaciones deverá ser el Consejero nato; y en su defecto que le sustituya el Director que de los otros dos resida en Madrid, o el más antiguo si residiesen ambos.
A raiz de este despacho, se publicó el Real Decreto somo sigue:
Teniendo por conveniente a mi servicio que el Cuerpo de Ingenieros de mis Exércitos se ponga a la dirección, y govierno de tres Directores Comandantes, que cada uno en su respectivo Departamento, y con independencia de los otros haga efectivas mis determinaciones, comunicadas por mi Secretario del Despacho de la Guerra, según el ramo a que correspondan, y que el cargo de uno esté todo lo relativo a las Academias Militares, su enseñanza, y educación; al del otro lo perteneciente al servicio de Plazas, y sus Fortificaciones; y al del tercero la dirección de Caminos, Puentes, Edificios de Arquitectura civil, Canales de Riego, y Navegación, y demás obras relativas a este objeto, dirigiéndome cada uno de los tres Directores Comandantes por el mismo conducto de mi Secretario del Despacho de Guerra todos los Proyectos, Recursos, Informes, Relaciones de Servicios, y lo demás que se ofrezca, y corresponda a su mando, y que solo en las Propuestas de empleos del Cuerpo en general se unan los tres Directores Comandantes, y me propongan de acuerdo en las vacantes los sugetos más idoneos. Con arreglo en todo a mi última Ordenanza del año pasado de mil setecientos sesenta y ocho.
Y para que desde luego tenga esta mi disposición el debido cumplimiento, he venido en elegir, y nombrar al Mariscal de Campo Don Pedro Lucuce por Director, y Comandante de las Academias Militares de Matemáticas de Barcelona, Orán y Ceuta, y demás que se establezcan, por lo satisfecho que me hallo de su inteligencia, desempeño y amor a mi servicio, señalándole quatro mil escudos de vellón al año de sobresueldo.
Y porque concurren iguales circunstancias en el Mariscal de Campo Don Sylvestre Abarca, es mi voluntad, que esté a su cargo la dirección, y mando de los Ingenieros destinados al servicio de Plazas, y sus Fortificaciones, con igual sobresueldo de quatro mil escudos de vellón al año.
Y lo mismo al Brigadier Don Francisco Sabatini, que lo nombro para la dirección, y Comandancia de los Ingenieros que están destinados en Caminos, Puentes, Edificios de Arquitectura civil, y Canales de Riego, y Navegación, por la satisfacción que igualmente tengo de su aptitud, y desempeño; entendiendose por lo que toca a la Arquitectura civil, sin perjuicio del establecimiento, y Privilegios de mi Real Academia de San Fernando, ni de que para las obras que no sean del ramo de la Guerra, y que se costeen con caudales de mi Real Hacienda, del Público, de Comunidades, o Particulares, sea preciso recurrir a los Ingenieros de esta dirección, por ser mi ánimo no cohartar a nadie la libertad de que se valga cada uno del Arquitect que sea más de su satisfacción, como esté legitimamente aprobado,
fiando del zelo, y capacidad de cada uno de los tres Directores Comandantes la instrucción, gobierno, y mejor servicio de los Ingenieros destinados a su Departamento, y que por el conducto de mi Secretario del Despacho de la Guerra me proponga cada uno de los Ingenieros que comprehenda necesarios, y más a propósito para cumplir con las obligaciones de su instituto, informándome anualmente de su desempeño, y aplicación, y proponiéndome mudar los Ingenieros de una Dirección a otra, según, y conforme lo juzguen necesario, y quanto comprehendan puede ser más útil a mi servicio, y no estuviese prevenido en las Ordenanzas del año pasado de mil setecientos sesenta y ocho, que han de quedar en su fuerza, y vigor, en quanto no se opongan a este establecimiento:
siendo también mi voluntad, que en el Director Comandante del ramo de Fortificaciones recayga siempre la calidad de Consejero nato de mi Consejo Supremo de Guerra, y que en su defecto le sustituya el Director que de los tres resida en Madrid, o el mas antiguo, si residiesen ambos. Tendreislo entendido para su cumplimiento.
Señalado de la Real mano de S.M. en San Ildefonso a doce de Septiembre de mil setecientos setenta y cuatro.
Al Conde de Ricla.
Archivo General de Simancas. Secretaría de Guerra. Serie 209. Legajo 3002.