REAL DECRETO de 19 de Octubre de 1756. Comunicado al Secretario del Despacho de Guerra, declarando los grados que deben tener los Ingenieros.

En consideración de haberme hecho presente el Conde de Aranda, Director General de mi Real Artillería, e Ingenieros, lo conveniente que es a mi servicio arreglar a las clases enteras del Establecimiento del Cuerpo de Ingenieros los Grados, que deben gozar en cada una: he tenido por bien declarar, que el Ingeniero en Gefe sea por naturaleza de su empleo Coronel de Infantería: el Ingeniero en segundo, Teniente Coronel de Infantería: el Ingeniero Ordinario, Capitán de Infantería: el Ingeniero Extraordinario, Teniente de Infantería; y el Ingeniero Delineador, Sub-Teniente de Infantería, igualando las Clases, que hasta ahora han gozado por mitad solamente: y que entren en este goce desde el día primero del presente mes de Octubre, que fue el día de mi resolución.

Tendreislo entendido para su cumplimiento.

Señalado de la Real mano de S.M.

En San Lorenzo el Real a 19 de Octubre de 1756.

A Don Sebastián de Eslava.





  • Colección general de las ordenanzas militares, sus innovaciones y aditamentos, dispuesta en diez tomos, con separación de Clases, por don Joseph Antonio Portugués. Tomo VI. Madrid, 1765. Pág,s. 803-804.