El espíritu de igualdad entre los españoles de la península y los españoles de América, impregnaban las leyes y ordenanzas de Indias de los reyes de los Austrias españoles, que establecían que “las leyes y orden de gobierno de unos y otros debe ser lo más semejantes conformes que ser puedan”. Este espíritu de concordia fue el que dominó en las reuniones de la Cortes de Cádiz.

En 1809 Cuba y Puerto Rico fueron consideradas provincias españolas y se les pidió que enviasen diputados a las Cortes, donde se les otorgó la misma representación que los diputados de las provincias peninsulares. La propia Constitución de 1812 consideraba a la nación española en su artículo 1º como “la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”, mientras que en su artículo 5º se consideraban españoles a “todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, a los hijos de éstos, a los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes cartas de naturaleza, los que sin carta de naturaleza lleven diez años de vecindad otorgada según la ley en cualquier pueblo de la monarquía, y los libertos en cuanto adquieran la libertad en las Españas”.

La situación revertió en 1814 con el advenimiento de Fernando VII, que ese mismo año restableció la capitanía general en Ultramar, cuyos titulares eran la máxima autoridad española en Filipinas, Puerto Rico y Cuba. Como consecuencia, se suprimieron los ayuntamientos y diputaciones provinciales elegidos con la democracia de la época.

Las conspiraciones masónicas para lograr la independencia de Cuba bajo el nombre de “República de Cubanacán”, fruto de los reveses militares españoles en los antiguos virreinatos y los intentos anexionistas de Méjico y la Gran Colombia desde Venezuela, hicieron que el rey otorgase el 8 de mayo de 1825 al capitán general de Cuba, general Francisco Dionisio Vives, poderes absolutos sobre la isla, y todas “las facultades que por las Reales Ordenanzas se conceden a los gobernadores de las plazas sitiadas”.

Este espíritu de unidad se quebró en 1836, cuando las Cortes Constituyentes se negaron a recibir en ellas a los diputados de Ultramar, es decir, de Cuba y Puerto Rico, negándoles con ello representación en las cortes de la nación. Esta medida, tomada por mentes que se declaraban liberales, como el señor Agustín Argüelles Álvarez, El Divino, exacerbaron los ánimos en las islas, entre los que se encontraba Antonio Saco, de forma que los periódicos se llenaron de artículos que consideraban rotos los vínculos con la madre Patria.

La situación de desigualdad se materializó en la Constitución de 1837 que, si bien mantenía la definición de España y los españoles del texto de 1812 en los primeros artículos del documento, quebraba esta unión en el artículo adicional 2º, que decía que “Las provincias de Ultramar serán gobernadas por leyes especiales”. Esta misma redacción se repitió en el artículo 80, único adicional, de la Constitución de 1845.

El 20 de junio de 1865 el señor Antonio Cánovas del Castillo fue nombrado ministro de Ultramar. Cinco meses después logró que un Real Decreto de 25 de noviembre de 1865 crease una Junta de Información formada por altos funcionarios de la administración del Estado y representantes de las provincias de Ultramar para establecer las bases por las que debían regirse las leyes especiales del gobierno de estas provincias, y “sobre la reglamentación del trabajo de la población de color y asiática, los medios de facilitar la inmigración más adecuada a tan ardorosos climas, sobre los tratados de comercio y navegación que conviniera celebrar con otras naciones, y reformas en el sistema arancelario y régimen de las aduanas”.

La sesión inaugural tuvo lugar el 30 de octubre de 1866, bajo la presidencia del ministro de Ultramar de un gobierno moderado que sustituía a otro de la Unión liberal y, por tanto, proclive a no conceder libertades a las provincias de Ultramar, especialmente cuando creía que en la península había demasiadas libertades. Estaban presentes veinte comisionados de Cuba y cuatro de Puerto Rico, elegidos por los ayuntamientos de las islas, los senadores que las representaban, las principales autoridades que las habían gobernado y algunos individuos que conocían en detalles las aspiraciones y necesidades de sus habitantes.

Los trabajos dieron comienzo el 4 de noviembre con problemas sobre el procedimiento que debían seguir los comisionados a la hora de responder a las preguntas, que fueron resuletos por la actitud del presidente. La petición de los comisionados de Puerto Rico de abolir la esclavitud en la isla originó acalorados debates.

El general Domingo Dulce, capitán general de Cuba en dos ocasiones entre 1862 y mayo de 1866 y enero a junio de 1869, manifestó que dedicarse a reglamentar un trabajo en las islas que ya estaba reglamentado y discutir sobre cómo facilitar una inmigración sobre la que ya existían leyes, era la muestra palpable de que la organización gubernamental, administrativa, judicial y eclesiástica de las islas no inspiraban confianza a quienes pretender ir a vivir a ellas.

El general Francisco Serrano, capitán general de Cuba entre 1859 y 1862 afirmó que las quejas y aspiraciones de los cubanos eran justas y legítimas, mostrándose partidario de separar los mandos civil y militar de las islas. En las respuestas a las preguntas que se le hicieron escribió que ”no hay razón para que aquellos, españoles cómo nosotros, no tengan prensa ni representación alguna en su gobierno, ni una sola de las garantías que en la Península tenemos derecho; que no hay razón alguna para que un gobierno militar y absoluto desde los más altos a los más bajos grados de la escala; sea el único régimen de las Antillas, y que ahora es precisamente el momento, no olvide el gobierno, de aprovechar las circunstancias internas y externas que favorecen la reforma política, demandada con insistencia por los españoles antillanos, y que es justo y conveniente otorgarles sin tardanza”.



El teniente general don Francisco Serrano y Dominguez, I duque de la Torre, autor de un informe al ministro de Ultramar con motivo de su pertenencia a la Junta de Información de 1865. (Fuente: Biblioteca Virtual de Defensa).

El 30 de enero de 1867 se presentaron al ministro de Ultramar, señor Alejandro de Castro, los trabajos de la Junta sobre los aspectos económicos de las islas. Pero los trabajos no fueron tenidos en cuenta y el 12 de febrero el gobierno aprobó un Real Decreto modificando los impuestos sobre la isla de Cuba, lo cual provocó un sentimiento de perturbación y desánimo en sus habitantes. En vano protestaron los comisionados de Cuba y Puerto Rico, y el asunto acabaría convertido en una causa revolucionaria más contra España.

Se discutieron asuntos políticos como la libertad de prensa y pensamiento, la libertad para dirigir peticiones al rey y a las Cortes, garantías sobre la persona, el domicilio y la propiedad, derechos de ejercer cualquier profesión, para contratar, para reunirse y asociarse, ser admitidos en empleos públicos, todos ellos con la finalidad de gozar de los mismos privilegios y garantías que existían en la península, de forma que no hubiese diferencia entre los españoles que residían en el territorio nacional.

El comisionado por Santiago de Cuba, José Antonio Saco, sorprendió con su negativa a que las provincias de Ultramar enviasen diputados a las Cortes españolas, argumentando que era una medida centralista y que demoraba la resolución de los problemas locales. Su propuesta era otorgar cierta autonomía a las islas para que ejercieran el derecho de representación de forma local, no en la metrópoli, para tratar asuntos de índole local, y citaba como antecedentes de derecho dos leyes de recopilación de Indias promulgadas por Carlos I y confirmadas por Felipe II por las que se daba preeminencia a las ciudades de Méjico y Cuzco en “los Congresos que se hicieren por nuestro mandato” en los reinos de la Nueva España y de Nueva Castilla respectivamente, así como documentos del siglo XVI en los que consta la constitución de juntas en la isla de Cuba para tratar asuntos internos de ella.

En la Junta de Información se pusieron de manifiesto las dos tendencias existentes para el gobierno de las provincias de Ultramar: la reformista y la separatista. Ésta última corriente era minoritaria, pero muy activa, cuyo máximo representante era el comisionado por Remedios, el abogado José Morales Lemus, quien ejercía su influencia en Cuba merced a su periódico “El Siglo”, dirigido por Francisco Frías, III conde de Pozos Dulces, comisionado por Villaclara. Los separatistas trabajaban intensamente en la isla, donde aprovechaban cualquier circunstancia, como el entierro de Gaspar de Betancourt, para hacer manifestaciones antiespañolas.

Los separatistas también trabajaban intensamente en los Estados Unidos, desde donde preparaban una insurrección general en la isla; así lo informó el capitán general de Cuba, teniente general Joaquín del Manzano, el 30 de noviembre de 1866, y así consta en las denuncias del embajador y los cónsules de España en Estados Unidos. Tan es así, que cuando los generales norteamericanos Sherman y Campbell visitaron la isla, en un banquete con el que se les obsequió en Matanzas los separatistas brindaron por la próxima unión del Estado de Cuba a los Estados Unidos.

Desgraciadamente, los comisionados cubanos del ala reformista regresaron a Cuba totalmente decepcionados por el nulo resultado de los trabajos de la Junta de Información, de forma que la insurrección cubana recibió un nuevo impulso al sumarse los reformistas a sus filas. Se realizaban reuniones en la Habana, Matanzas, Villaclara, Puerto Príncipe, Bayamo, Holguín y muchos otros sitios más de la isla, así como en diversas ciudades de Estados Unidos, en la propia España y en otros países.

Dice Antonio Pirala al respecto que “los conspiradores de Cuba, como los de Puerto Rico, estaban de antiguo organizados masónicamente, y en esta forma, tan preferida en todo tiempo por los propagandistas americanos, llevaron adelante su obra separatista. Al efecto tenían dividida la Isla en diferentes logias, obedientes a los hermanos de superior graduación que trabajaban de acuerdo con el comité ó Junta establecida en la Habana, y relacionada con la primitiva Junta Revolucionaria de Nueva York.” Los conspiradores no eran masones, sino que se valieron de las logias masónicas, muy extendidas en la isla, para conspirar y obtener el logro de sus aspiraciones. El ejemplo más claro es el del teniente coronel Julián Udaeta, gobernador de Bayamo, masón y compañero de logia de los insurrectos de Bayamo, a quienes conocía y que pagó con la deportación a la península su credulidad en la bondad de sus compañeros de logia.